Con el fin de complementar la información que circula desde ayer en medios de comunicación, el ente de control fiscal territorial, expresa lo siguiente:
Pablo Andrés Garcés Vásquez, Contralor Distrital de Medellín, mediante auto 009 del 21 de febrero de 2023 decidió REVOCAR la decisión adoptada por la Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva mediante Auto 005 de 11 de enero de 2023, por medio del cual se ordenó el Archivo del Proceso de Responsabilidad Fiscal con Radicado 016 de 2022.
En el mismo acto, el Contralor Garcés Vasquez, ORDENÓ continuar con el trámite procesal para acreditar o desvirtuar los elementos constitutivos de la responsabilidad fiscal.
Lo anterior relacionado con el Contrato 4600085185 de 2020 del Municipio del Distrito de Medellín — Secretaría de Educación con la Corporación Colombia Avanza.
Doctor
JAVIER TOBO RODRÍGUEZ
Director Oficina Jurídica
Contraloría General de la República
Cra. 69 No. 44 – 35 Piso 1
Bogotá D.C.
Asunto: Respuesta comunicación Resolución Ordinaria No.ORD-80112-1467-2023. Intervención funcional excepcional Contrato 4600085185 de 2020.
Cordial saludo doctor Tobo Rodríguez:
Una vez recibida la Resolución Ordinaria No.ORD-80112-1467-2023, en la cual se decide decretar la intervención funcional excepcional de los ejercicios de vigilancia y control fiscal relacionados con el Contrato 4600085185 de 2020 del Municipio del Distrito de Medellín – Secretaría de Educación con la Corporación Colombia Avanza, acatamos con inmediatez y ordenamos la remisión del Proceso de Responsabilidad Fiscal radicado No. 016-2022.
De otra parte, queremos contextualizar el discurrir de la actuación adelantada por esta Contraloría Distrital con ocasión del control fiscal a la aludida contratación:
– El cinco (5) de julio de 2022, mediante el auto 285 se ordenó la apertura del proceso de responsabilidad fiscal. A partir de este momento se desplegó la actividad probatoria inicial con el propósito de determinar los elementos constitutivos de la responsabilidad fiscal en cabeza de los presuntos responsables fiscales vinculados a la investigación.
El once (11) de enero de 2023, a través del auto 005 el Contralor Auxiliar de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría Distrital de Medellín, desde el ámbito de su competencia, luego de realizar una evaluación probatoria decidió proferir el auto de archivo del proceso de responsabilidad fiscal 016 – 2022.
– Como mecanismo de tutela de la defensa del interés público, del ordenamiento jurídico y de los derechos y garantías fundamentales el artículo 18 de la Ley 610 de 2000 dispuso una instancia de revisión –al interior de los organismos de control fiscal– de los procesos de responsabilidad fiscal que son objeto de archivo, denominado Grado de Consulta.
En virtud de la referida competencia de revisión de las decisiones de archivo, el 21 de febrero de 2023, mediante Auto 009 se ordenó en su “ARTÍCULO PRIMERO: “REVOCAR la decisión adoptada por la Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva mediante Auto 005 de 11 de enero de 2023, por medio del cual se ordenó el Archivo del Proceso de Responsabilidad Fiscal con Radicado 016 de 2022, por la motivación expuesta en la parte considerativa de este proveído”
Y en el artículo segundo se ordenó: “proceder de conformidad con lo señalado en las consideraciones de la presente decisión, esto es, CONTINUAR CON EL TRÁMITE PROCESAL, tendientes a acreditar o desvirtuar los elementos constitutivos de la responsabilidad fiscal, esto es, el daño, la conducta dolosa o culposa atribuible a la gestión fiscal de la persona responsable y el nexo causal existente entre dicha conducta y el daño patrimonial”
Providencia que fue proferida por el doctor Pablo Andrés Garcés Vásquez, Contralor Distrital de Medellín.
– Por su parte, el 27 de febrero de 2023, a través del Auto 152 el Contralor Auxiliar de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva acató lo ordenado por el superior en cuanto a continuar con el trámite del proceso de responsabilidad fiscal con Radicado 016 de 2022.
Llegado a este punto, y dando aplicación a lo señalado en el artículo tercero de la Resolución Ordinaria No.ORD-80112-1467-2023, remitimos el proceso de responsabilidad fiscal No. 016-2022, que consta de 2 cuadernos y 402 folios (En original y copia digital).
Finalmente, quiero manifestarle que es el propósito de la actual administración efectuar un control fiscal, moderno, técnico, oportuno y con efecto disuasivo en nuestros sujetos de control, por lo cual, estamos dispuestos a que cuando lo estimen pertinente, en aplicación del principio de coordinación, desarrollemos acciones conjuntas de las contempladas en el artículo 17 del Decreto Ley 403 de 2020.