Millonaria multa a distribuidoras de la FLA por presunto “cartel” de venta de licores en Antioquia

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Millonaria multa a distribuidoras de la FLA por presunto “cartel” de venta de licores en Antioquia

Con una multa que supera los $17.600 millones, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la Alianza Mayorista (Alima), Dispresco e Internacional de Abastos y Licores luego de establecer que estas tres empresas crearon un “cartel” que presuntamente implementó un sistema que restringió la libre competencia en el mercado de distribución de los licores producidos por la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA) en Antioquia, entre 2010 y 2022.

El órgano de control, que se declaró como única autoridad competente para este rol, en el mismo fallo también impuso sanciones a cinco personas naturales “por haber ejecutado, autorizado o facilitado la conducta anticompetitiva”.

Según la exposición del caso, la Superintendencia de Industria y Comercio afirma que pudo comprobar “la existencia de un acuerdo ilegal” entre las tres empresas, a través del cual constituyeron una Unión Temporal por medio de la cual ejecutaron, de manera continuada, una serie de acuerdos y estrategias contrarias a la libre competencia.

Se estableció que entre 2010 y 2013, los acuerdos anticompetitivos principales ejecutados fueron la fijación indirecta de precios a través de descuentos ofrecidos a los clientes, “lo que funcionó a través de la unificación de las escalas de descuentos acordada por las empresas cartelizadas, respecto de los topes oficiales de descuento fijados por la FLA”. También, la asignación de cuotas de participación, en la que la Unión Temporal definió para cada una un porcentaje de participación sobre las utilidades o pérdidas en relación con las ventas de los productos de la FLA en Antioquia, y diseñaron un método de compensación o nivelación de cuotas, para los eventos en los que se llegaría a vender por debajo o encima de la cuota asignada.

“La función principal de la Unión Temporal fue realizar el monitoreo y seguimiento de los acuerdos restrictivos; para este propósito fueron creados los dos principales órganos de administración de la unión temporal, que son el gerente y la junta directiva”.

Según la Superindustria, a finales de 2012 se presentaron incumplimientos de los acuerdos restrictivos hasta ese momento ejecutados por las empresas sancionadas, lo que llevó a un proceso de reestructuración de la unión temporal que terminó a finales de 2013. “Fue así como se llegó a un nuevo modelo de operación de la unión, en el que se implementaron acuerdos restrictivos adicionales, además de establecer una serie de estrategias comerciales unificadas para facilitar la ejecución de dichos acuerdos”.

La entidad de control asegura que este nuevo modelo de operación ejecutó un sistema anticompetitivo con acuerdos de fijación de precios a través de descuentos; acuerdos de asignación de cuotas de participación; acuerdos de repartición equitativa de clientes y de zonas de comercialización; y la implementación de nuevas estrategias y políticas comerciales, tales como la unificación de la fuerza de ventas y la creación y puesta en funcionamiento del software denominado “Activity”.

“El nuevo modelo de operación del sistema anticompetitivo creado por Alima, Dispresco e Interlicores ha sido ejecutado de manera continúa hasta la actualidad, teniendo en cuenta que la vigencia de la Unión Temporal fue prorrogada por las empresas cartelistas mediante la suscripción de un otrosí hasta diciembre de 2023”.

Las multas impuestas fueron las siguientes: para Alima, $2.317.027.872; para Dispresco S.A.S., $6.001.287.648; para Interlicores, $5.901.679.164.

Las personas naturales se sancionaron con las siguientes multas: Hernán Gil Barrientos, $24.018.528; Andrés Nicolás Londoño Posada, $282.825.768; Leonardo de Jesús Ramírez Ramírez, $257.857.140; Nelson Arturo Giraldo Alzate, $2.000.000.000; y David Esteban Giraldo Parra, $840.762.492, para un total de 17.625 millones 458.612 pesos.

Contra la decisión cabe el recurso de reposición ante el superintendente de Industria y Comercio.

RESPONDE LA FLA

La Fábrica de Licores de Antioquia respondió que en la resolución, la SIC no sanciona a la FLA y concluye que esta no promovió ningún acuerdo para la promoción de prácticas restrictivas de la libre competencia e invita a la empresa a implementar programas que la fomenten.

“La sanción a los distribuidores aún no está en firme, puesto que procede un recurso de reposición por parte de estos, por lo cual aún no produce efectos en la comercialización de sus productos”, indicó.

Añadió que los precios de los comercializadores de la FLA a sus diferentes clientes han estado acordes a la lista fijada anualmente por la empresa.

www.noticiasampm.com

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